El seguro de caución permite el cumplimiento de las obligaciones impositivas de personas físicas y jurídicas que deseen aplazar cualquier tipo de impuesto con la Administración Tributaria cuyo importe ascienda a más de 30.000€ con mayor margen y flexibilidad que aval bancario y a un menor coste.
Garantiza el pago del aplazamiento del Impuesto de Sociedades, Impuestos de actividades Económicas, IVA, Seguros Sociales, aumentado la capacidad crediticia dado que no computa riesgo en CIRBE.
Disminuye gastos ya que no tiene ni comisión de apertura, mantenimiento, ni cancelación total o parcial y presenta tasas competitivas y menores costes que su equivalente el aval bancario debido a la periodificación.
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